Requisitos, deberes y derechos del miembro
1. Podrán ser miembros de la Asociación todas las corporaciones, empresas u organizaciones sin fines de lucro, que impulsen, compartan y de manera comprobada se rijan por los principios universales que promueve esta Asociación. Su admisión será presentada, analizada y evaluada por la Junta Directiva quien determinara su aceptación en La Asociación.
2. Son Deberes de los miembros de nuestra Asociación los siguientes:
a) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y normas disciplinarias de La Asociación;
b) Cumplir con el pago de las cuotas presentadas por la Junta Directiva y aprobadas por la Asamblea General.
c) Asistir a las reuniones que se convoquen;
d) Prestar sus servicios a La Asociación, en las comisiones o actividades recomendadas.
3. Son derechos de los miembros de La Asociación:
a) Todos los miembros podrán asistir a las Asambleas Generales con derecho a voto, siempre y cuando estén al día en sus cuotas.
b) Elegir y ser elegido para los cargos en los órganos de la Asociación y en las comisiones de trabajo.
4. La Calidad de miembro se perderá por:
a) No haber cancelado la cuota anual de conformidad con lo que establezca la Junta Directiva.
b) El incumplimiento grave de los principios generales que rigen a La Asociación, su estatuto o acuerdos adoptados por los órganos de dirección.
c) El deseo del asociado.
d) Por extinción de la personalidad jurídica del asociado.
e) Por el interés de 2/3 partes de sus miembros.
5. La Junta Directiva podrá nombrar una comisión evaluadora de las situaciones que se presenten, la cual recomendara acciones a seguir.


















